Revés fiscal del Supremo a los arrendadores de viviendas que no encuentran inquilino

El Alto Tribunal se alinea esta vez con Hacienda al considerar que deben imputar las rentas. Es decir, deben tributar por el 1,1 o 2% de su valor catastral en la declaración de IRPF (en base al art. 85 de la Ley del IRPF). “El legislador entiende que todo inmueble, que no sea la vivienda habitual, Leer másRevés fiscal del Supremo a los arrendadores de viviendas que no encuentran inquilino[…]